Visado colegial
¿Es obligatorio el visado colegial de una memoria técnica?
El visado colegial es el control que un colegio profesional realiza sobre un trabajo técnico y que verifica la identidad y la habilitación del autor y la corrección formal del documento. La Ley 25/2009 lo dejó como voluntario salvo en los supuestos que fija el Real Decreto 1000/2010.
También aparece como: visado del colegio profesional.
Tras la Ley 25/2009, el visado obligatorio quedó reducido a la lista tasada de trabajos del Real Decreto 1000/2010. Fuera de esa lista, el visado es voluntario y se solicita a petición del cliente o cuando lo requiere una norma específica.
El visado acredita la identidad y la habilitación profesional del técnico firmante y la corrección e integridad formal de la documentación. No implica que el colegio asuma la responsabilidad técnica del contenido, que sigue siendo del autor del trabajo.
Antes de encargar un visado conviene comprobar si lo exige la comunidad autónoma o el organismo destinatario del expediente, porque añade coste y plazo al trámite.
Base normativa
- Ley 25/2009, de 22 de diciembre, de modificación de diversas leyes para su adaptación a la Ley sobre el libre acceso a las actividades de servicios
- Real Decreto 1000/2010, de 5 de agosto, sobre visado colegial obligatorio
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