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Memoria Técnica Fotovoltaica
Tramites

Modificación de instalación

¿Hay que actualizar la documentación al modificar una instalación fotovoltaica?

Una modificación es un cambio posterior a la instalación original, como añadir una batería, ampliar los módulos o sustituir el inversor. Si el cambio altera los datos declarados en el expediente, la documentación técnica debe actualizarse para que siga describiendo la instalación realmente ejecutada, dentro del marco documental de la ITC-BT-04.

También aparece como: ampliación de placas, añadir batería, cambio de inversor.

Modificaciones habituales
Batería, ampliación de módulos y cambio de inversor
Criterio
Comparar lo declarado en el expediente con lo ejecutado tras el cambio

La documentación técnica de una instalación describe lo realmente ejecutado: potencia, equipos, protecciones y esquema unifilar. Cuando una modificación posterior cambia esos datos, el expediente deja de corresponderse con la instalación, y memoria, certificado y registro pierden la coherencia que la tramitación exige.

Las modificaciones habituales en autoconsumo son tres: añadir una batería de acumulación, ampliar el campo fotovoltaico con más módulos y sustituir el inversor. Cada una puede afectar a magnitudes declaradas distintas: la ampliación, a la potencia pico; el cambio de inversor, a la potencia instalada; la batería, a la configuración del sistema.

El alcance documental se determina comparando lo declarado en el expediente con lo ejecutado tras el cambio. Si la modificación altera la potencia u otras condiciones declaradas, puede afectar también a los datos inscritos en el registro de autoconsumo que regula el Real Decreto 244/2019.

Base normativa

  • ITC-BT-04 del REBT (RD 842/2002), documentación y puesta en servicio de las instalaciones
  • Real Decreto 244/2019, de 5 de abril, por el que se regulan las condiciones administrativas, técnicas y economicas del autoconsumo de energía eléctrica

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