Autoconsumo con excedentes
¿Qué diferencia hay entre autoconsumo con excedentes y sin excedentes?
El autoconsumo con excedentes es la modalidad en la que la instalación puede verter a la red la energía que no se consume en el momento. En la modalidad sin excedentes se instala un sistema antivertido que lo impide. El Real Decreto 244/2019 define ambas modalidades y sus requisitos.
También aparece como: modalidad con excedentes, autoconsumo con vertido.
La elección de modalidad no es solo económica: condiciona la tramitación. La modalidad sin excedentes exige un sistema antivertido que impida físicamente la inyección a la red, y ese sistema debe quedar reflejado en la documentación técnica.
Dentro del autoconsumo con excedentes, el real decreto distingue entre las instalaciones acogidas a compensación y las no acogidas a compensación, que venden su energía en el mercado con las obligaciones propias de un productor.
La modalidad declarada debe ser coherente en toda la documentación: memoria técnica, certificado de instalación, contrato de suministro y solicitud ante la distribuidora.
Base normativa
- Real Decreto 244/2019, de 5 de abril, modalidades de autoconsumo
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